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Banco Central · 2011

Resolución BCP 211/11

(SUPERINTENDENTE DE BANCOS)

APROBAR EL REGLAMENTO DE REMISIÓN DE ANTECEDENTES DE LA PLANA DIRECTIVA, EJECUTIVA Y DE OTROS CARGOS DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS ENTIDADES SUPERVISADAS Y DESIGNACIÓN DE FEDATARIO.

Asunción, 20 de diciembre de 2011.-

VISTO: Los artículos 31° y 34° de la Ley N° 489/95 “Orgánica del Banco Central del Paraguay”; los artículos 1°, 17°, 34°, 35° y 37 de la Ley N° 861/96 “General del Bancos, Financieras y Otras Entidades de Créditos”; los artículos 35°, 36º y 38° de la Ley Nº 2794/2005 “De Entidades Cambiarias y/o Casa de Cambios”; y para aquellas entidades regidas por las leyes especificas y cuya supervisión se encuentran a cargo de la Superintendencia de Bancos; caso Caja de Jubilaciones y Pensiones de Empleados Bancarios y Afines; Crédito Agrícola de Habilitación y Almacenes Generales de Depósitos; los Memorandos SB. IA. DRHYC. N° 208/2011 de fecha 23.08.2011, Nº 264/2011 de fecha 21.10.2011 y Nº 283/2011 de fecha 11.11.2011, la Providencia SB. IA. DRHYC. Nº 541/2011 de fecha 15.12.2011, de la Intendencia Administrativa, los Dictámenes SB. IAL. N° 278/2011 de fecha 13.09.2011 y Nº 326/2011 de fecha 01.11.2011, la Providencia SB. IAL. Nº 1187/2011 de fecha 17.11.2011, de la Intendencia de Asuntos Legales, el Memorando SB. IAFN. RNP. Nº 0261/11 de fecha 09.12.2011 y la Providencia de la Intendencia de Análisis Financiero y Normas de fecha 12.12.2011, y;

CONSIDERANDO: La necesidad de unificar en una sola normativa ampliada, consolidar las informaciones y posibilitar un trámite administrativo práctico, minimizando la recepción de documentaciones.

La importancia de contar con la información actualizada de la Plana Directiva y Ejecutiva de las entidades supervisadas.

En uso de sus atribuciones;

EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS

RESUELVE:

1. Aprobar el REGLAMENTO DE REMISION DE ANTECEDENTES DE LA PLANA DIRECTIVA, EJECUTIVA Y DE OTROS CARGOS DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS ENTIDADES SUPERVISADAS Y DESIGNACIÓN DE FEDATARIO.

2. Establecer como fecha tope de presentación conjunta de las documentaciones de la Plana Directiva, Ejecutiva y otros, el 15 de Junio de cada año, para su actualización. En ocasión de variación en la nomina previamente informada, deberán dar cumplimiento al mismo en el plazo establecido en el anexo, independientemente al periodo anual en que se de la variación.

3. Determinar que a efectos del numeral precedente, las documentaciones relacionadas a las personas que conforman la PLANA DIRECTIVA, EJECUTIVA Y OTROS sean presentadas en carpetas específicas; ordenadas conforme al orden establecido en el Anexo que forma parte de esta Resolución.

4. La presente disposición entrará a regir en el año 2012.

5. Dejar sin efecto las Circulares SB. SG. N° 0010/2001 y Nº 139/1999, a partir de la puesta en vigencia de la presente Resolución.

6. Comunicar a quienes corresponda.

Firma:

EDGAR V. PAREDES ALVAREZ. SUPERINTENDENTE DE BANCOS

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.