Decretos · 2009
Decreto 1.435/09
Por el cual se prorroga el plazo otorgado por el decreto Nº 12.641 del 7 de agosto de 2008, para el cumplimiento de la carga horaria establecida para el personal de enfermería de los establecimientos sanitarios públicos y privados
Asunción, 6 de enero de 2009
VISTO: La presentación realizada por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en la que solicita la prórroga del plazo otorgado en el Artículo 3º del Decreto Nº 12.641 del 7 de agosto de 2008, para el cumplimiento de la carga horaria establecida para el personal de enfermería de establecimientos sanitarios públicos y privados; conforme a las disposiciones contenidas en la Ley N° 3.206/2007 "Del ejercicio de la Enfermería", y en el Decreto Reglamentario Nº 11.381/2007; y
CONSIDERANDO: las críticas condiciones financieras que soportan en estos momentos las naciones del mundo, en general, y por ende, el Paraguay, afectan con el máximo rigor a las instituciones del sector salud, que se sienten constreñidas a adoptar medidas micas restrictivas, de emergencia, que dificultan el efectivo cumplimiento de las disposiciones mencionadas.
Que la dotación actual del personal de enfermería a nivel nacional, de por sí insuficiente para cubrir las necesidades de dichos servicios, ya sea en el sector público como en el privado, se reduce aún más debido a la constante migración de ése recurso humano especialmente hacia otros países del MERCOSUR y de Europa; generando una situación de inestabilidad que interfiere en el normal desarrollo de los trabajos tendientes a dotar al país de una reglamentación que garantice la adecuada prestación de servicios de enfermería.
Que el Gobierno Nacional está gestionando la cooperación técnica de la Organización Panamericana de la Salud, con el fin de obtener una reglamentación acorde a la realidad paraguaya y a la normativa que rige en el área de la enfermería a nivel internacional.
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,
Que la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de contratación pública prevista en la Ley de Contrataciones Públicas necesita ser reglamentada y definida acabadamente, con el fin de realizas políticas de fomento por parte de los organismos del Estado en sus respectivos procesos de contratación.
Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido en los términos del Dictamen Nº 455 del 20 de noviembre de 2008.
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art. 1) Dispóngase la prórroga del plazo otorgado por el Decreto Nº 12.641 del 7 de agosto de 2008, para el cumplimiento de la carga horaria establecida para el personal de enfermería de establecimientos sanitarios públicos y privados de todo el país, hasta el 30 de abril de 2009.
Art. 2) El presente Decreto será refrendado por la Ministra de Salud Pública y Bienestar Social.
Art. 3) Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial
Firman:
- Fernando Lugo Méndez
- Esperanza Martínez.
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.