Decretos · 2008
Decreto 11.761/08
Por el cual se declara área silvestre protegida bajo dominio privado la reserva de patrimonio denominada "Punie paësoi"
Asunción, 18 de enero de 2008.
VISTO: La Nota de la SEAM Nº 517/07 del 20 diciembre de 2007 y la Resolución Nº 2.051/07 de fecha 30 de noviembre de 2007, originadas en la Secretaria del Ambiente, en la cual se solicita la declaración como Área Silvestre Protegida bajo dominio privado, la Reserva Natural de Patrimonio Ayoreo denominada "Punie Paësoi", localizada en el Departamento de Boquerón, en virtud de la aprobación de la Justificativa Técnica realizada por la Secretaría del Ambiente (SEAM), y
CONSIDERANDO: Que la Secretaria del Ambiente, por medio de la Resolución 79/00 determinó a través de las normas regulatorias para la creación legal de Áreas Silvestres Protegidas bajo Dominio Privado del país, que el informe técnico de verificación y fiscalización de la propuesta presentada amerita la aprobación de la justificativa técnica, debido a la importancia biológica por las condiciones naturales del área, lo que permitirá la conservación de especies amenazadas y en vías de extinción, dado que por su ubicación resulta estratégicamente importante por el flujo de animales y plantas entre unidades de conservación ya existentes en la región.
Que el Articulo 14, Inciso K), de la Ley Nº 1.561/2000, "Que crea en Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaria del Ambiente", establece que este organismo adquiere el carácter de autoridad de aplicación de la Ley 352/94"De Áreas Silvestres Protegidas", razón por la cual y en función de tales atribuciones le corresponde recomendar que por Decreto del Poder Ejecutivo se declare la Reserva de Patrimonio Ayoreo denominada "PUNIE PAËSOI", asentada dentro de la Finca N° 22.424, del Chaco y Padrón Nº 5.075 de Mariscal Estigarribia respectivamente, Departamento de Boquerón, anotada en la Dirección General de los Registros Públicos, superficie de 3.780 (tres mil setecientos ochenta) hectáreas.
Que en virtud de las normas legales invocadas corresponde acceder a la solicitud formulada por la Secretaria del Ambiente.
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Articulo. 1) Declárase Área Silvestre Protegida bajo Dominio Privado, a Perpetuidad, la Reserva Natural de Patrimonio Ayoreo denominada "Punie Paësoi", asentada dentro de la Finca N° 22.424, del Chaco y Padrón Nº 5.075 de Mariscal Estigarribia respectivamente, Departamento de Boquerón y anotada en la Dirección General de los Registros Públicos y que cuenta con una superficie de tres mil setecientos ochenta (3.780) hectáreas, de acuerdo con el polígono siguiente:
De acuerdo con el Informe Pericial el área a ser destinado como Reserva Natural Privada de Patrimonio Ayoreo: "Punie Paësoi", esta compuesto por las siguientes dimensiones:
Superficie área reserva natural: 3.780 hectáreas
Articulo. 2) Autorízase la inscripción de esta medida ejecutiva en la Dirección General de los Registros Públicos, como nota marginal en el legajo de la Finca N° 22.424, del Chaco y Padrón Nº 5.075 de Mariscal Estigarribia respectivamente, registrada en el Registro General de la Propiedad, y que cuenta con una superficie de tres mil setecientos ochenta (3.780) hectáreas, ubicada en el Departamento de Boquerón.
Articulo. 3) Otorganse los beneficios previstos en los Artículos 55, 56 y 57 de la Ley Nº 352/94 "De Áreas Silvestres Protegidas" en los términos del Articulo 30 de dicha ley.
Articulo. 4) El Titular del dominio privado declarado como Reserva Natural de Patrimonio Ayoreo "PUNIE PAËSOI", dispondrá de un plazo no mayor de seis (6) meses para presentar ante la Secretaría del Ambiente el Plan de Manejo del área, así como un plano del área donde identifique los puntos que cierran los límites.
Articulo. 5) El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro del Interior
Articulo. 6) Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.
Firman:
- Nicanor Duarte Frutos
- Libio Florentín
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.