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Decretos · 1992

Decreto 14.723/92

Por el cual se extiende el régimen especial de facilidades previsto en el decreto N° 14.482/92 a todos los beneficiados por la ley N° 60/90

Asunción, 1° de Septiembre de 1.992.-

VISTO: El Decreto N° 14.482/92 que establece un régimen especial de facilidades de pago para contribuyentes del IVA amparados por la Ley N° 60/90, y

CONSIDERANDO: Que es necesario extender dicho régimen a los beneficiarios de la Ley N° 60/90 no comprendidos en el Decreto de referencia.

POR TANTO,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY

DECRETA:

Artículo 1) MODIFICACIONES. Sustitúyanse los Arts. 1° y 6° del Decreto N° 14.482/92 por los siguientes:

Artículo 1) FACILIDADES DE PAGO. Quienes se encuentran amparados por la Ley N° 60/90 e importen bienes del activo fijo para ser aplicados a la actividad beneficiada por la mencionada Ley, podrán abonar el IVA correspondiente a dicho acto haciendo uso del régimen especial de facilidades de pago que se establece en el presente Decreto."

Artículo 6) APLICACIÓN DE LA CUOTA. El importe pagado en cada cuota de las facilidades de pago otorgadas por el presente régimen, excluidos los intereses o recargos que integren la misma, se deberá aplicar como crédito fiscal en la liquidación del IVA correspondiente al mes en que se realizó dicho pago."

Artículo 2) Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.

Firman:

  • Andrés Rodríguez
  • Juan José Díaz Pérez

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.