Decretos · 1927
Decreto 26.125/27
Que declara en vigencia, provisoriamente, la reglamentación N° 1 de la ley de organización administrativa, aprobada por el decreto de fecha 13 de abril de 1912
Asunción, 29 de Enero de 1927
Habiéndose dictado la Ley Nº 817 de Organización Financiera, derogatoria de la anterior sobre la misma materia, y siendo necesario reglamentar su aplicación,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1) Declárase en vigencia, provisoriamente, el Reglamento Nº 1de la Ley de Organización Administrativa, aprobado por el Decreto de fecha 13 de Abril de 1912, con excepción de las prescripciones que estén en pugna con la Ley Nº 817.
Artículo 2) Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial Nº 10664.
Firman:
- ELIGIO AYALA
- Enrique Bordenave
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.