Decretos · 2015
Decreto 3.420/15
Por el cual se integra la comisión de certificación de artistas, conforme a la ley N° 4199/2010 ""Que establece el seguro social para músicos, autores, compositores y cultores del arte en general sin relación de dependencia"
Asunción, 13 de mayo de 2015
VISTO: La Nota SG/MEC N° 319/2015 presentada por el Ministerio de Educación y Cultura, mediante la cual solicita la conformación de la Comisión de Certificación de Artistas para la Ley N° 4199/2010; y
CONSIDERANDO: Que el Artículo 238, Numeral 5) de la Constitución, establece la potestad del Ejecutivo de dictar actos administrativos.
Que el Artículo 7° de la Ley N° 4199/2010 "Que establece el seguro social para músicos, autores, compositores y cultores del arte en general sin relación de dependencia", dispone: "Créase la Comisión de Certificación que estará integrada por un representante del Ministerio de Educación y Cultura, quien ocupará la Presidencia, un representante del Viceministerio de Trabajo y Seguridad Social y cinco representantes de los gremios del área pertinente, con personería jurídica y con mayor número de afiliados".
Que asimismo, el Artículo 8° del señalado cuerpo normativo señala: "Los miembros de la Comisión durarán dos años en sus funciones y no podrán ser designados por más de dos períodos consecutivos. Los cargos serán honorarios en todos los casos". Concordante con el Artículo 9° que reza: "La Comisión cumplirá su cometido con la totalidad de sus miembros, salvo causas legales de impedimento y en ningún caso las certificaciones podrán ser otorgadas sin la participación de los representantes de las organizaciones profesionales".
Que el Decreto N° 9606 del 31 de agosto de 2012 "Por el cual se reglamenta la Ley N° 4199, del 13 de diciembre de 2010, que establece su alcance y precisa los sujetos del Seguro Social entre otros".
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art. 1) Intégrase la Comisión de Certificación de Artistas, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7° de la Ley N° 4199/2010 "Que establece el Seguro Social para Músicos, Autores, Compositores y Cultores del Arte en general sin relación de dependencia.
Art. 2) Desígnase a los Miembros de la Comisión de Certificación de Artistas, cuya integración se dispone en el Artículo 1° del presente Decreto:
En representación del Ministerio de educación y Cultura:
1) Margarita Orué de Villalba, como Presidente
En representación del Viceministerio de Trabajo y Seguridad Social:
2) Mónica Isabel Recalde de Giacomi.
En representación de los gremios del área pertinente:
3) Higinio Evelio Molinas, Asociación de Músicos del Paraguay (AMP).
4) Óscar Martínez Pérez, Autores Paraguayos Asociados (APA).
5) Carmen Briano, Centro Paraguayo de Teatro (CEPATE).
6) Raimundo Armele, Organización de Profesionales del Audiovisual Paraguayo (OPRAP).
7) Osvaldo Esteban Camperchioli Estragó, Asociación para las Artes Visuales en el Paraguay "Gente Arte".
Art. 3) Establécese por sede de la Comisión de Certificación de Artistas, las instalaciones del Ministerio de Educación y Cultura.
Art. 4) Facúltase a la Comisión de Certificación de Artistas, a establecer su reglamentación interna, en observancia de las leyes vigentes.
Art. 5) Dese cuenta oportunamente al Honorable Congreso de la Nación y al Instituto de Previsión Social.
Art. 6) El presente Decreto será refrendado por la Ministra de Educación y Cultura y el Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Art. 7) Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Firman:
- Horacio Cartes Jara.
- Marta Justina Lafuente
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.