Decretos · 1998
Decreto 406/98
Por el cual se amplía el decreto Nº 21.944 de fecha 16 de julio de 1998
Asunción, 16 de Julio de 1998.-
VISTO: La Ley Nº 60/90 "De Inversiones" y el Decreto Nº 21.944/98 "Por el cual se establece el Régimen Automotor Nacional", y
CONSIDERANDO: El Dictamen de la Secretaría Técnica de Planificación, el cual declara como de preferente desarrollo a las áreas en donde se sitúen inversiones del Sector Automotríz;
Que es necesario, cumplir con lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 60/90, estableciendo el alcance del mismo;
POR TANTO, En uso de sus facultades constitucionales;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art. 1) Declarar a las áreas donde se radiquen inversiones beneficiadas por el Decreto Nº 21.944/98, como de preferente desarrollo.
Art. 2) Incluir en el ámbito de aplicación del Decreto Nº 21.944/98 a las Autopartes y Autopiezas en general.
Art. 3) El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Industria y Comercio.
Art. 4) Comuníquese, publíquese y dése al Registro
Firman:
- Raúl Cubas Grau
- Félix Gerardo Von Glasenapp Lefevre
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.