Leyes · 1993
Ley 248/93
Que deroga la ley Nº 342/56 y elimina el ministerio sin cartera
EL CONGRESO DE LA NACIÓN SANCIONA CON FUERA DE
LEY
Artículo 1) Derógase la Ley No. 342, promulgada el 5 de junio de 1956.
Artículo 2) Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el doce de agosto del año un mil novecientos noventa y tres y por la Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley el veinte y tres de setiembre del año un mil novecientos noventa y tres.
Firman:
- Francisco José de Vargas. Presidente. H. Cámara de Diputados
- Evelio Fernández Arévalos. Presidente. H. Cámara de Senadores
- José Luis Cuevas. Secretario Parlamentario
- Diego Abente Brun.Secretario Parlamentario
Asunción, 04 de octubre de 1993
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Firman:
- Juan Carlos Wasmosy. El Presidente de la República
- Carlos Podestá. Ministro del Interior
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.