Leyes · 2008
Ley 3.604/08
CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD ESPAÑOLA.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1) Créase la Universidad Española, cuyo funcionamiento se adecuará a las normas establecidas en la Ley Nº 136/93 "DE UNIVERSIDADES" y la Ley Nº 1264/98 "GENERAL DE EDUCACIÓN".
Artículo 2) Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los diez días del mes de junio del año dos mil ocho, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los dieciséis días del mes de setiembre del año dos mil ocho, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Firman:
- Enrique Salyn Buzarquis Cáceres . Presidente. H. Cámara de Diputados
- Francisco José Rivas Almada. Secretario Parlamentario
- Enrique González Quintana. Presidente. H. Cámara de Senadores
- Lino César Oviedo. Secretaria Parlamentaria
Asunción, 30 de setiembre de de 2008
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Firman:
- Fernando Armindo Lugo Méndez. El Presidente de la República
- Horacio Galeano Perrone. Ministro de Educación y Cultura
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.