Leyes · 1989
Ley 49/89
Por el cual la dirección de estadística y censos del ministerio de hacienda, pasa a depender de la secretaria técnica de planificación del desarrollo económico social
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Art. 1) Transfiérese la Dirección General de Estadística y Censos dependiente del Ministerio de Hacienda, así como sus bienes, presupuesto y personal, a la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social.
Art. 2) Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Cámara de Senadores el veintiocho de noviembre del año un mil novecientos ochenta y nueve y por la Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el catorce de diciembre del año un mil novecientos ochenta y nueve.
Firman:
- Alberto Nogués. El Presidente de la Cámara de Senadores
- Miguel Angel Aquino. El Presidente de la Cámara de Diputados
- Evelio Fernández Arévalos. Secretario Parlamentario
- Eduardo A. Venialgo. Secretario Parlamentario
Asunción, 27 de Diciembre de 1989.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Firman:
- Andrés Rodríguez. El Presidente de la República
- Enzo Debernardi. Ministro de Hacienda
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.