Leyes · 1964
Ley 943/64
Que aprueba y ratifica el convenio N° 101, relativo a las vacaciones pagadas en la agricultura, adoptado por la conferencia general de la organización internacional del trabajo, en su trigesima quinta reunion de Ginebra, el 26 de junio de 1952
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya, sanciona con fuerza de,
LEY:
Art. 1) Apruébase y ratifícase el CONVENIO N° 101, RELATIVO A LAS VACACIONES PAGADAS EN LA AGRICULTURA, ADOPTADO POR LA CONFERENCIA GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO, EN SU TRIGESIMA QUINTA REUNION DE GINEBRA, EL 26 DE JUNIO DE 1952.-
Art. 2) Comuníquese al Poder Ejecutivo
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Cámara de Representantes de la Nación, a diez de julio del año un mil novecientos sesenta y cuatro.
Firman:
- J. Augusto Saldívar. VICE-PTE. 1° EN EJERCICIO
- Pedro C. Gauto Samudio. SECRETARIO
Asunción, 15 de julio de 1.964.
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTE EN EL REGISTRO OFICIAL.
Firman:
- ALFREDO STROESSNER
- RAUL SAPENA PASTOR
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