Leyes · 1964
Ley 997/64
Que aprueba y ratifica el convenio por el que se fija la edad de admision de los niños a los trabajos industriales, adoptado por la conferencia general de la organización internacional del trabajo en su vigesima tercera reunion celebrada en Ginebra, suiza, el 3 de junio de 1937
La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya, sanciona con fuerza de,
LEY:
Art. 1) Apruébase y ratifícase el CONVENIO POR EL QUE SE FIJA LA EDAD DE ADMISION DE LOS NIÑOS A LOS TRABAJOS INDUSTRIALES, ADOPTADO POR LA CONFERENCIA GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO EN SU VIGESIMA TERCERA REUNION CELEBRADA EN GINEBRA, SUIZA, EL 3 DE JUNIO DE 1937.-
Art. 2) Comuníquese al Poder Ejecutivo
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Cámara de Representantes de la Nación, a treinta y un de agosto del año un mil novecientos sesenta y cuatro.
Firman:
- J. Augusto Saldivar. VICE PRESIDENTE 1° EN EJERCICIO
- Pedro C. Gauto Samudio. SECRETARIO
Asunción, 31 de agosto de 1.964.
TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTE EN EL REGISTRO OFICIAL.
Firman:
- ALFREDO STROESSNER
- RAUL SAPENA PASTOR
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