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Resoluciones generales · 2004

Resolución 471/04

Por la cual se adoptan nuevas exigencias respecto al uso del certificado de cumplimiento tributario y constancia de no ser contribuyente

Asunción, 28 de Octubre de 2004

VISTO: Los Artículos 186° y 194° de la Ley N° 125/91 que establece el régimen de certificado de cumplimiento tributario; y,

CONSIDERANDO: Que en la virtud de la experiencia recogida por la Administración Tributaria resulta conveniente adoptar nuevas exigencias que aseguren el cumplimiento de la obligación de obtener certificado de cumplimiento tributario y constancia de no ser contribuyente para poder realizar determinados actos.

Que la Administración Tributaria se encuentra facultada a dictar los actos necesarios para la aplicación, administración, percepción y fiscalización de los tributos, así como establecer normas generales y condiciones necesarias a las que se ajustarán los administrados.

POR TANTO:

EL VICE MINISTRO DE TRIBUTACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1) En los actos previstos en el artículo 194° de la Ley N° 125/91, que sean obligatoria la obtención del Certificado de Cumplimiento Tributario y Constancia de No Ser Contribuyente, para su presentación ante Municipalidades, Escribanías, Instituciones del Sector Público y demás entidades que llamen a licitación y concurso de precios, deberán dejar expresa constancia de haberse exhibido el original del certificado o la constancia correspondiente, adjuntando para el efecto copia autenticada de los citados documentos, a efectos de la formalización de dichos actos.

Artículo 2) Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.

Firma:

  • Andreas Neufeld Toews. Viceministro de Tributación.

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.