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Tributación · 1993

Resolución SET 445/93

Por la cual se actualiza el monto de las ventas o prestación de servicios establecido en el art 7° del decreto Nº 13424/92 y en el art. 53º del decreto Nº 14002/92

Asunción, 28 de Diciembre de 1993.

VISTO: La facultad otorgada a la Administración por el Art. 7º del Decreto Nº 13.424/92 y por el Art. 53° del Decreto N° 14.002/92, para actualizar anualmente el monto mínimo de ventas o prestación de servicios sujeto a la retención prevista en las referidas disposiciones.

Que el Banco Central del Paraguay ha informado el porcentaje de variación del índice de precios al consumo que se produjo en los doce meses anteriores al 1º de Noviembre de 1993, y

CONSIDERANDO: Que es conveniente que el monto mínimo establecido en las mencionadas disposiciones acompañen la desvalorización del signo monetario.

POR TANTO,

EL SUB SECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1) ACTUALIZACIÓN. A los efectos de actualizar el monto establecido en el Art. 7º del Decreto Nº 13.424/92 y en el Art. 53° del Decreto Nº 14.002/92 se fija el coeficiente del 1,19 (uno punto diez y nueve).

El monto mínimo de ventas o prestación de servicios que regirá a partir del 1º de Enero de 1994 para los Arts. 7º y 53º será de GS. 345.576 (Guaraníes trescientos cuarenta y cinco mil quinientos setenta y seis).

Artículo 2) Publíquese, comuníquese a quienes corresponda y cumplido archívese.

Firma:

  • Dr. Carlos Sosa Jovellanos. Vice Ministro de Tributación

 

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.