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Tributación · 1999

Resolución SET 546/99

Por la cual se prorroga el plazo de vigencia de la resolución Nº 227/99 "Por la cual se establece un régimen transitorio de aplicación de la sanción por contravención por deudas preexistentes al 31 de diciembre de 1.998"

Asunción, 1 de Diciembre de 1.999

VISTO: Lo dispuesto en el Artículo 1de la Resolución Nº 227 de fecha 24 de junio de 1.999 y las solicitudes de prórrogas presentadas por los contribuyentes; y,

CONSIDERANDO: Que por razones de orden Administrativas, es necesario prorrogar el plazo de vigencia previsto en la citada Resolución.

Que la Administración Tributaria se halla facultada para conceder prórrogas siempre que se justifiquen las causas que impidan el cumplimiento normal de las obligaciones.

Que las argumentaciones expuestas, justifican la adopción de una medida administrativa tendiente a facilitar el cumplimiento de las obligaciones formales, precautelando los intereses fiscales, por lo que resulta conveniente prorrogar el plazo mencionado.

POR TANTO,

EL SUBSECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1) Prorroga: Prorrogar por última vez hasta el 20 de Diciembre de 1.999 el plazo para el pago de deudas preexistentes por concepto de infracción de contravención previsto en el Artículo 1º de la Resolución Nº 227/99.

Artículo 2) Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.

Firma: 

  • Niceto Coronel Velásquez. Subsecretario de Estado de Tributación

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.