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Tributación · 2012

Resolución SET 81/12

Por la cual se establecen plazos excepcionales para la presentación de las declaraciones juradas y pago de obligaciones tributarias en el mes de septiembre de 2012

RESOLUCION SET Nº 81/12

Asunción, 13 de setiembre de 2012

VISTO: El Art. 186 de la Ley N° 125/91 "QUE ESTABLECE EL NUEVO RÉGIMEN TRIBUTARIO", la Resolución General N° 1/07 "POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Y EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, Y DE OTROS CONCEPTOS, LA FORMA DE CÁLCULO Y LIQUIDACIÓN DE ANTICIPOS PARA CONTRIBUYENTES DEL IRACIS, Y LA APLICACIÓN DE LA SANCIÓN POR CONTRAVENCIÓN EN LOS CASOS DE PRESENTACIÓN FUERA DE PLAZO DE LAS RESPECTIVAS DECLARACIONES JURADAS DE LIQUIDACIÓN O INFORMATIVAS"; el Dictamen DPTT/CT N° 1143/12 de la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria; y,
CONSIDERANDO: Que, con el objeto de facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias a los contribuyentes y responsables, la Subsecretaría de Estado de Tributación ha determinado realizar mantenimiento y mejoras al Sistema Marangatú adecuando y modernizando el mismo y, en este contexto, se hace necesario adoptar medidas administrativas.
Que, a fin de lograr el objetivo propuesto, los servicios deberán ser interrumpidos desde las 13:00 hs. del día 14 de septiembre hasta las 23:59 hs. del día 17 de septiembre de 2012, inclusive.
Que, esta interrupción de servicios afectará a la normal atención a los contribuyentes en las oficinas de la Administración Tributaria, de la capital e interior del país, en las fechas mencionadas.
Que, la Administración Tributaria cuenta con facultades legales para establecer normas generales para trámites administrativos e impartir instrucciones.
Que, por Dictamen DPTT/CT N° 1143 de fecha 13 de septiembre de 2012, la Dirección de Planificación y Técnica Tributaría señala en su parte conclusiva: "...esta Coordinación Técnica, no encuentra impedimentos legales para pipiar el acto administrativo con el objeto de brindar una buena atención a los contribuyentes administrados por la Subsecretaría de Estado de Tributación y el público en general".

POR TANTO,

EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:

Articulo 1) ESTABLECER, que el plazo para la presentación de declaraciones juradas y pagos de las obligaciones tributarias correspondientes a los vencimientos de los días 15 y 17 de septiembre de 2012, se traslada al día martes 18 de septiembre del año en curso.
Los siguientes vencimientos de acuerdo a la terminación del RUC de los contribuyentes, se regirán conforme a lo establecido por el Art. 4º de la Resolución General N° 1/07.

Articulo 2) DISPONER, de manera excepcional, que la atención al público el día viernes 14 de septiembre de 2012 se efectuará hasta las 11:00 hs; en las oficinas de la Subsecretaría de Estado de Tributación, de la capital e interior del país.
Articulo 3) PUBLICAR, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.

Firman:

  • JAVIER CONTRERAS SAGUIER, VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.